Cuenta de ahorros AFC de Banco Colpatria

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colpatria

Para estimular el ahorro y orientarlo hacia el sector de viviendo y construcción, el Banco Colpatria ofrece su Cuenta de ahorros para el fomento de la construcción (AFC) que brinda beneficios tributarios en la disminución de retención en la fuente.

Este beneficio impositivo será efectivo siempre y cuando los recursos depositados en la cuenta se utilicen para la compra de una vivienda nueva o usada, para el pago de cuotas de un Crédito Hipotecario obtenido en el Banco o para el ahorro, independientemente de su destinación, que permanezca en la cuenta por un mínimo de cinco años.

La reducción de la retención en la fuente mensual aplica de la siguiente forma:

  • En el caso de empleados, los depósitos en la cuenta AFC bajan la base gravable para la liquidación de retención en la fuente por ingresos laborales o tributarios hasta en un 30% del ingreso.
  • Para independiente, se le reduce la retención en la fuente en el pago de honorarios, comisiones y servicios.

 La cuenta no tiene cuotas de manejo, ni talonario, ni tarjeta débito por lo cual no deben cubrirse costos adicionales.

La liquidación de los intereses se hará sobre los saldos diarios con abono mensual a tasas competitivas de mercado.

No se cobra el 4Xmil o gravamen a las transacciones financieras si el titular de la cuenta informa al Banco para que sea marcada con el beneficio de la exención. Es importante aclarar que este tipo de beneficios aplican únicamente para una sola cuenta de ahorros y también el beneficio está presente siempre y cuando los retiros mensuales no superen los $7.718.900.

No tiene monto mínimo de apertura y la cuenta debe ser de un solo titular.

Los requisitos para la apertura de la cuenta son los siguientes:

  • Una fotocopia ampliada del documento de identidad (cédula de ciudadanía, contraseña, cédula de extranjería, carnet diplomático del titular) con firma y huella
  • Si es asalariado copia de la carta dirigida al empleador con autorización de descuento laboral.
  • (Opcional) Certificado laboral incluyendo: Cargo, sueldo básico (excluyendo primas y/o cesantías) y antigüedad. Con fecha de expedición menor a 30 días.
  • (Opcional) Certificado de ingresos y retención del último año gravable

 

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